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 Boda Religiosa - Trámites
 
Para casarte por la iglesia.

Para una boda religiosa católica hay que ir a la parroquia del novio o de la novia en la población o barrio en el que se vive. El párroco explicará los trámites que se tienen que hacer, que en resumen son dos: participar en un cursillo prematrimonial y aportar los documentos necesarios para el expediente matrimonial.

Los documentos necesarios son:
- la partida de bautismo, que hay que pedirla en la parroquia en la que se ha sido bautizado.
- la partida de nacimiento, que se ha de solicitar al Ayuntamiento o Registro Civil de la población en que se ha nacido.

Una vez hecho el cursillo y completado el expediente, se tiene que llevar éste a la iglesia en la que se quiere uno casar. Si la iglesia en la que se quiere celebrar la boda no es parroquia, hace falta el permiso del rector de la parroquia correspondiente.

Si los novios residen en poblaciones o diócesis distintas, el expediente matrimonial lo tendrá que hacer cada novio por separado, cada uno con el rector de su propia parroquia. Una vez los documentos estén cumplimentados y firmados por el párroco y el/la contrayente, se han de llevar a la parroquia en la que se celebrará la boda. También hay que tener en cuenta que el párroco solicitará a los contrayentes ir a firmar el expediente en su parroquia acompañados de dos testigos.

Cuando uno de los novios es viudo/a, tendrá además que aportar el certificado literal del matrimonio anterior y la partida de defunción del cónyuge. Si uno de los novios está divorciado y estuvo casado por la iglesia, la sentencia de divorcio le da libertad para contraer un nuevo matrimonio civil, pero no por la iglesia. Si la parte divorciada es católica y estaba casada sólo civilmente, entonces puede contraer matrimonio eclesiástico, porque la iglesia católica la considera una persona soltera.
 
 
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